Política de Calidad y Gestión Ambiental

MCGA-02
Rev.1
Fecha: 09/03/2018


 

SOC. COOP. STA. Mª EGIPCÍACA desarrolla su actividad de:

 

“PRODUCCIÓN, ENVASADO Y COMERCIALIZACIÓN DE VINOS”

 

Con el paso del tiempo la organización ha ido creciendo y evolucionando, persiguiendo siempre la modernización de nuestros sistemas y medios de trabajo.

Los cambios realizados a lo largo de este período han supuesto una mejora notable en nuestros productos y servicios, que hemos decidido consolidar mediante la implantación de un Sistema Integrado de Gestión, bajo los estándares ISO 9001 e ISO 14001 (versiones en vigor). Este sistema está dirigido a mantener la eficiencia, seguridad y fiabilidad de todas las actividades que desarrollamos y, como consecuencia, a asegurar la mejor calidad posible en nuestros productos y servicios, el menor impacto ambiental de nuestras actividades, el compromiso para la protección del medio ambiente, incluida la prevención de la contaminación y los compromisos específicos pertinentes al contexto de la organización. El compromiso de la Dirección con la Política de Calidad y Medio Ambiente, implica la gestión de los medios necesarios para que la misma sea conocida, comprendida e implantada en todos los niveles de la organización, así como para asegurar que todos los requisitos son satisfechos y que se establecen los medios necesarios para la mejora continua.

Por ello, mediante este documento La Dirección se compromete al cumplimiento de los siguientes requisitos y se dirige a todos los empleados y partes interesadas de SOC. COOP. STA. Mª EGIPCÍACA solicitando el cumplimiento de los mismos:

  • Cumplir con la normativa internacional, nacional, autonómica, local y otros requisitos.
  • Implantar un Sistema Integrado de Gestión y de mejora continua del comportamiento y la eficacia del sistema integrado de gestión.
  • Mejora constante de nuestros sistemas productivos con las inversiones y modernizaciones de equipo e instalaciones necesarias, así como la minimización continua de nuestros aspectos ambientales.
  • Cumplir con las necesidades y expectativas de todas nuestras partes interesadas.
  • Compromiso de protección de la contaminación mediante el control efectivo de las actividades que generan impactos ambientales y la acción práctica antes posibles emergencias ambientales.
  • Reducir los impactos medioambientales asociados a la actividad desarrollada en COOP. STA. Mª EGIPCÍACA prestando especial atención las emisiones a la atmósfera (CO2, ruido), a la gestión de los residuos generados (papel, tóner, etc.), consumo energético, etc.
  • Concienciar y sensibilizar a todos los miembros de la plantilla y partes interesadas respecto a la necesidad de alcanzar:
  • Un alto nivel de calidad, mediante su familiarización con la documentación sobre el sistema integrado calidad y gestión ambiental.
  • Una correcta gestión ambiental y prevención de la contaminación.
  • Mejora continua del Sistema de Gestión Integrado.
  • Contar con personal con la formación y la motivación suficientes, y así conseguir la mejora de los procesos y su orientación a la satisfacción de los clientes y del propio personal.
  • Preservar, incrementar y consolidar la innovación y el aprendizaje en el dominio de los procesos de gestión y operativos en un entorno de mejora continúa.

La política de calidad y medio ambiente de SOC. COOP. STA. Mª EGIPCÍACA es una declaración de sus intenciones y principios, que proporcionan un marco global para el establecimiento de objetivos y metas. La Dirección de SOC. COOP. STA. Mª EGIPCÍACA se compromete, además, a organizar, desarrollar y hacer el seguimiento de los programas y/o actuaciones que sean necesarios en la empresa para la implantación del sistema (de acuerdo con las normas ISO 9001 e ISO 14001 en sus versiones en vigor), que deberá ser asumido por todos los empleados y colaboradores de la misma, con la finalidad de conseguir los objetivos fijados en las materias de calidad y medio ambiente.

Esta política integrada será revisada anualmente, comunicada a todos los empleados y puesta a disposición de todas las partes interesadas.

En Corte de Peleas a 9 de marzo de 2018.

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